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Derecho público chileno

DictamenN° 29.536 de 201111 may 2011

Se abstiene de emitir pronunciamiento y remite a la Superintendencia de Salud la presentación que indica, por encontrarse en el ámbito de su competencia

Fecha
11 de mayo de 2011
Materia
Servicios de utilidad pública y regulación sectorial
Fuentes legales
ley 18469, dfl 1/2005 salud art/107, dl 2763/79 ley 18933, ley 19880 art/14 inc/2
Descriptores
competencia Superintendencia de Salud
Cita
Dictamen N° 29.536 de 2011

Texto íntegro

N° 29.536 Fecha: 11-V-2011 Se ha dirigido nuevamente a esta Entidad de Control doña nombre reservado, reclamando contra el Hospital Clínico de la Universidad Católica, por cuanto éste no ha dado cumplimiento a lo señalado en el ord. 1F/N° 7620, de 2010, del Fondo Nacional de Salud, en orden a efectuar las gestiones para la reliquidación y cobro de las prestaciones entregadas a la recurrente por su atención de emergencia en dicho recinto hospitalario, la que ha sido cubierta por la ley N° 18.469, normativa que regula el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud y crea un régimen de prestaciones de salud.

Considerando que la materia de que se trata, se encuentra en el ámbito de la competencia de la Superintendencia de Salud, según se desprende del artículo 107 del decreto con fuerza de ley N°1, del año 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, cumple esta Contraloría General con remitir a ese organismo estatal la referida presentación y sus antecedentes para los fines procedentes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, sobre Base de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

nombre reservado

Contralor General de la República