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Derecho público chileno

DictamenN° 29.518 de 201111 may 2011

Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 774/2011, del Hospital San Juan de Dios, que aprueba convenio docente asistencial entre…

Fecha
11 de mayo de 2011
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
res 1600/2008 contr
Descriptores
convenio, abstención
Cita
Dictamen N° 29.518 de 2011

Sumario

Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 774/2011, del Hospital San Juan de Dios, que aprueba convenio docente asistencial entre dicho establecimiento y la Universidad Santo Tomás

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 29.518 Fecha: 11-V-2011 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 774, de 2011, el cual aprueba el convenio docente asistencial entre el Hospital San Juan de Dios y la Universidad Santo Tomás, de fecha 16 de marzo de 2011, por encontrarse exento del trámite de toma de razón.

Al efecto corresponde señalar que los convenios de la especie no se encuentran afectos al control preventivo de juridicidad en cuanto no se prevén pagos o transferencias de recursos por parte del organismo público contratante, como ocurre en la especie, lo anterior en concordancia con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General y al criterio contenido en dictamen N° 13.839, de 2004.

Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la citada resolución N° 1.600.

nombre reservado

Contralor General de la República