Asignación de antigüedad por contrata grado 10° no regularizada en el SENCE
- Fecha
- 27 de noviembre de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19518 art/90, dl 249/73 art/6
- Descriptores
- Sence, funcionario a contrata, asignación de antigüedad, pago, regularización
- Cita
- Dictamen N° 29.468 de 2018
Resumen
El SENCE debe regularizar la situación del recurrente y pagarle la asignación de antigüedad desde marzo de 2014, por haber servido una contrata grado 10° no formalizada entre esa data y enero de 2016.
Sumario de la Contraloría
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo deberá regularizar la situación de funcionario que se indica, en los términos del presente pronunciamiento
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 13.061 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 29.468 Fecha: 27-XI-2018 La Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido una presentación del señor nombre reservado, funcionario de la dirección regional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo -SENCE-, mediante la cual solicita el pago de la asignación de antigüedad que, a su juicio, le correspondería, por la contrata grado 10° de la E.U.S., que ejerce desde el 24 de marzo de 2014.
Requerido de informe, el referido organismo manifestó que si bien desde esa mensualidad la remuneración del interesado corresponde a la del grado 10° de la E.U.S., en esa época no se emitió el acto administrativo que así lo dispusiera, lo que, con posterioridad, fue subsanado ante esta Entidad de Control.
Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 90 de la ley N° 19.518, establece que el personal del SENCE se regirá por el decreto ley N° 249, de 1973, que en su artículo 6° establece que la aludida asignación de antigüedad consiste en un porcentaje del sueldo del empleado, por cada dos años de servicios efectivos en un mismo grado de la Escala Única de Sueldos, y que se devenga automáticamente desde el día primero del mes siguiente a aquél en que se cumple el bienio respectivo, al que tienen derecho los funcionarios de planta y a contrata de la Administración (aplica dictámenes N°s. 3.225, de 1993 y 13.061, de 2009, de este origen).
Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista y de lo informado por el SENCE, consta que desde el 24 de marzo de 2014 el señor nombre reservado percibió sus remuneraciones asimiladas al grado 10° de la E.U.S., aun cuando en los registros de este Organismo Fiscalizador mantenía una contrata asimilada al grado 12°, situación que se mantuvo hasta el 1 de enero de 2016, época desde la cual, mediante la resolución N° 171, de esa anualidad, dicha entidad lo designó en una contrata grado 10°.
Sin embargo, a pesar de que el SENCE reconoce que el interesado sirvió una contrata grado 10° desde el 24 de marzo de 2014 y que por un error no fue regularizada su condición, a la fecha no ha subsanado su situación funcionaria entre esa data y el 1 de enero de 2016.
Por lo anterior, el referido organismo deberá adoptar las medidas tendientes a enmendar dicha omisión, y proceder al pago de la asignación de antigüedad correspondiente desde el referido mes de marzo a la fecha, informando de ello a la Contraloría Regional de Los Lagos, en el plazo de 30 días contado desde la notificación del presente oficio.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República