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Derecho público chileno

DictamenN° 2.926 de 201727 ene 2017

Se abstiene de emitir pronunciamiento por no acreditar interés directo en el asunto ni acompañar poder o representación

Fecha
27 de enero de 2017
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19880 art/22
Descriptores
facultades cgr, abstenciones, presentaciones de particulares, consulta teórica, representación
Cita
Dictamen N° 2.926 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 2.926 Fecha: 27-I-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, Ingeniero Civil Industrial, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de la actuación de la Comisión Nacional de Acreditación, entidad que resolvió no acreditar al Centro de Formación Técnica IPROSEC de Osorno, en circunstancias que dicha institución fue acreditada con anterioridad por 4 años.

Al respecto, esta Entidad Contralora ha debido abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, toda vez que las consultas que se formulen a este Organismo Fiscalizador deben concernir a asuntos en los cuales el particular recurrente tenga derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, en conformidad con lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen -que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico-, supuesto que no concurre en la presentación de la especie.

Por otra parte, el peticionario tampoco ha acompañado el poder que le permita asumir la representación del Centro de Formación Técnica afectado por la medida, según lo exige el artículo 22 de la ley N° 19.880, antecedente indispensable para iniciar el conocimiento del asunto de que se trata.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División Jurídica