Imparte instrucciones a las empresas públicas y sociedades del Estado sobre el ejercicio contable 2012
- Fecha
- 17 de mayo de 2012
- Fuentes legales
- pol art/98, ley 10336
- Descriptores
- instrucciones, ejercicio contable 2012, empresas públicas, sociedades del Estado
- Cita
- Dictamen N° 28.978 de 2012
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 80.005 de 2012
- Aplica Dictamen N° 61.018 de 2012
- Aplica Dictamen N° 40.417 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 28.978 Fecha: 17-V-2012 La Contraloría General de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la Constitución Política de la República y su ley N° 10.336, Orgánica Constitucional, en materia de contabilidad general de la Nación, ha estimado pertinente dirigirse a Ud. con el objeto de que se sirva remitir trimestral y anualmente, en forma comparativa, la información que a continuación se detalla:
· Estado de Situación Financiera · Estado de Resultados Integrales · Estado de Flujo de Efectivo · Estado de Cambios en el Patrimonio Neto · Notas Explicativas a los Estados Financieros Cabe mencionar, que los registros contables de la entidad, deberán concordar con los saldos declarados en los estados financieros antes singularizados, los que se presentarán, de acuerdo a la siguiente calendarización: a) Marzo: Noventa (90) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. b) Junio: Setenta y cinco (75) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. c) Septiembre: Sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. d) Diciembre: Noventa (90) días contados desde la fecha de cierre del ejercicio anual. Del mismo modo, se ha considerado necesario que se informe sobre la estimación (presupuesto) de ingresos y gastos, que haya sido aprobada para esa entidad, en los casos que corresponda, tanto en moneda nacional como extranjera, ,consolidados en moneda nacional, como asimismo de su' ejecución trimestral, la cual debe ser enviada en las mismas fechas establecidas para la entrega de los estados financieros, estructurados en los términos que sobre esta materia se establecen en las instrucciones y formularios que se adjuntan.
Ahora bien, con el fin de agilizar y facilitar el envío de la información requerida, se ha estimado conveniente que dichos antecedentes sean remitidos en formato excel, al correo electrónico correo reservado , sin perjuicio de su remisión en papel. Finalmente, las eventuales consultas que deseen formularse al respecto, podrán ser dirigidas directamente a la División de Análisis Contable de esta Contraloría General, a través de los teléfonos 8701287, 8701299 y 8705773, o al e-mail antes citado.
nombre reservado
Contralor General de la República