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Derecho público chileno

DictamenN° 287 de 20133 ene 2013

Se abstiene de emitir un pronunciamiento por tratarse de un asunto de competencia del Tribunal de Contratación Pública

Fecha
3 de enero de 2013
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19886 art/24
Descriptores
abstención competencia del Tribunal de Contratación Pública, licitación
Cita
Dictamen N° 287 de 2013

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 287 Fecha: 03-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don nombre reservado, en representación de la empresa ANACOM E.I.R.L., para solicitar que se deje sin efecto el acto de apertura de la licitación de la obra “Levantamiento Eléctrico de las Instalaciones del Hospital del Salvador”, en virtud del cual se rechazó su propuesta por estimar que la boleta de garantía de seriedad de la oferta fue tomada por un tercero distinto al proponente, contraviniendo lo dispuesto por las bases del concurso.

Sobre el particular, corresponde anotar que la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, ha creado, en su Capítulo V, el Tribunal de Contratación Pública, órgano jurisdiccional al que le compete, de acuerdo con lo señalado en el artículo 24 de la referida ley, conocer de la acción de impugnación contra actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, ocurridos en los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos regidos por el citado texto legal, que tengan lugar entre la aprobación de las bases de la respectiva licitación y su adjudicación, ambas inclusive.

Atendido lo anterior, y conforme a lo señalado en el dictamen N° 3.293, de 2011, este Órgano de Control debe abstenerse de emitir el dictamen solicitado, por cuanto sólo le cabe pronunciarse con el fin, entre otros, de establecer los hechos sujetos a investigación, las eventuales infracciones y los involucrados en la eventual responsabilidad administrativa que pudiese afectar a los funcionarios en el caso de que se trate (aplica dictamen N° 17.029, de 2010).

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División de Infraestructura y Regulación