Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 18 de abril de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- facultades cgr, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 28.667 de 2016
Texto íntegro
N° 28.667 Fecha: 18-IV-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2007, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, en especial, las declaraciones de ese empleado y de su acompañante, aparece que el primero, el día 11 de junio de 2015, se desplazaba en el citado vehículo por calle Don nombre reservado, y al llegar a la intersección con la Avenida O’Higgins, en la comuna de Chillán Viejo, colisionó con un automóvil particular que ingresó al cruce de vías sin respetar la luz roja del semáforo que enfrentaba, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.
Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 25, de 2015, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascenderían a la suma de $820.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 78, de la misma anualidad, dar de baja dicha especie.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2007.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República