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Derecho público chileno

DictamenN° 28.313 de 201422 abr 2014

Se ratifica anterior pronunciamiento en que se concluyó que no procede incluir un segundo sobresueldo en la pensión de retiro de exfuncionario de la Armada que indica

Fecha
22 de abril de 2014
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Descriptores
Armada, pensión de retiro, segundo sobresueldo
Cita
Dictamen N° 28.313 de 2014

Texto íntegro

N° 28.313 Fecha: 22-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Armada, exonerado político, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 27.430, de 2003, de este origen, y se incluya el 35% de sobresueldo por especialidad de electricista en el cálculo de su pensión no contributiva.

Requerida de informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas manifiesta, en síntesis, que no es dable acceder a la petición del solicitante, por cuanto no cumplió en servicio activo con las exigencias para percibir el aludido emolumento.

Por su parte, la Dirección General del Personal de la Armada expresa que al recurrente no le corresponde que se reconozca el estipendio que reclama.

Al respecto, se debe recordar que mediante el citado oficio, esta Entidad de Control señaló que el sobresueldo procede cuando el personal del Cuadro Permanente y Gente de Mar especialista en electricidad, en lo pertinente, ha pertenecido al Escalafón Regular o Especial de la Armada y ha cumplido un desempeño práctico satisfactorio en su especialidad durante un periodo mínimo de 5 años, requisitos que no reunió el interesado.

En consecuencia, dado que la situación planteada por el señor nombre reservado ya fue estudiada por este Organismo Fiscalizador, sin que se acompañen nuevos antecedentes, se ratifica el mencionado pronunciamiento N° 27.430, de 2003.

Transcríbase a la Dirección General del Personal de la Armada y a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, devolviéndole a esta última el expediente acompañado.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República