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Derecho público chileno

DictamenN° 28.074 de 20137 may 2013

Cursa con alcances resoluciones N°s. 64, 68, 70, 78 y 86, todas de 2013, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile

Fecha
7 de mayo de 2013
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
licitación privada
Cita
Dictamen N° 28.074 de 2013

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 28.074 Fecha: 07-V-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones N°s. 64, 68, 70, 78 y 86, todas de 2013, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile, que acceden a licitación privada y aprueban bases administrativas, texto de contrato y anexos para la adquisición de los bienes que individualizan, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que al tratarse de licitaciones privadas que se desarrollarán fuera del portal mercado público, se entiende que el plazo para la entrega de muestras rige desde el envío a los proveedores de la carta de invitación y las bases respectivas, y no desde su publicación, como indica el cronograma contemplado en el numeral III de los actos administrativos señalados. Además, cabe precisar que si la entidad licitante hace uso de la facultad establecida en el N° 3.6 de las bases administrativas, esto es, solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales que ahí se indican, dicha situación deberá ponerse en conocimiento de todos los proponentes. Asimismo, debe entenderse incorporado a la cláusula décima del texto de los contratos, relativa al término anticipado de estos, el numeral 8 del N° 4.13 de las bases administrativas, esto es, registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Finalmente, respecto de la resolución N° 64, de 2013, es del caso señalar que la cantidad estimada de especies a adquirir es de cuatrocientas cincuenta unidades, y no la suma consignada en palabras en el cuadro contenido en el numeral 1.1 del pliego de condiciones. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los instrumentos señalados.

nombre reservado

Contralor General de la República