Sobre solicitud de reconsideración de dictamen relativo a deducciones al capital propio para efectos del cálculo de la patente municipal
- Fecha
- 3 de enero de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- mun, cálculo, capital propio, determinación, Administración activa
- Cita
- Dictamen N° 274 de 2012
Relaciones
Este documento se refiere a
- Confirma Dictamen N° 50.470 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 274 Fecha: 03-I-2012 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General, don nombre reservado, en representación de nombre reservado y Compañía Limitada, solicitando la reconsideración del dictamen N° 50.470, de 2011, por el cual esta Entidad Fiscalizadora, concluyó que no constaba que esa empresa realizara actividades gravadas en conjunto con otras que no lo estuvieran, como tampoco que parte de su capital propio se encontrara invertida en otros negocios o empresas afectos al pago de patente municipal, por lo que la actuación de la Municipalidad de Santiago se habría ajustado a derecho, en orden a no realizar deducciones al capital propio de tal sociedad. En particular, el recurrente sostiene que debe deducirse del capital propio de la empresa que representa la inversión en la sociedad Agrícola San Ramón de Los Mayos Limitada, la que sólo realizaría actividades primarias. Al respecto, cabe reiterar que la circunstancia que la sociedad Agrícola San Ramón de Los Mayos realice o no actividades gravadas, constituye un aspecto fáctico que debe ser determinado por la Administración activa, de acuerdo con los antecedentes que le proporcione el afectado y los que recabe por sus procedimientos de inspección. De este modo, considerando que la situación de la especie, como puede apreciarse, ha sido estudiada por este Órgano de Control, y dado que, en esta oportunidad el señor nombre reservado no acompaña nuevos antecedentes que permitan modificar el criterio sostenido en el dictamen N° 50.470, de 2011, no cabe sino su confirmación.
nombre reservado
Contralor General de la República