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Derecho público chileno

DictamenN° 27.095 de 201416 abr 2014

Bono postlaboral de la ley N° 20.305: requisito de 20 años de servicio a la fecha de publicación

Fecha
16 de abril de 2014
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Fuentes legales
ley 20305 art/2, ley 20305 art/1
Descriptores
Bono ley 20305, requisito 20 años servicio
Cita
Dictamen N° 27.095 de 2014

Resumen

La Contraloría concluye que la recurrente no tiene derecho al bono, pues no reúne los 20 años de servicios exigidos a la data de publicación de la ley, por lo que el rechazo del Servicio de Salud se ajustó a derecho.

Sumario de la Contraloría

Exfuncionaria no tiene derecho al bono que establece la ley N° 20.305, pues no cumple el requisito de tener 20 años de servicios en los organismos a que se refiere el artículo 1° de esa normativa, a la data de la publicación de dicho texto legal

Texto íntegro

N° 27.095 Fecha: 16-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho al bono postlaboral que establece la ley N° 20.305. Plantea la recurrente, que el citado organismo le habría comunicado la improcedencia de esa bonificación sin exponer los motivos del rechazo a su postulación.

Requerido su informe, la aludida institución manifiesta que revisada la petición de la interesada, se constató que ésta no cumplía uno de los requisitos copulativos de la referida normativa, consistente en tener a lo menos 20 años de desempeño en las instituciones que se señalan, a la fecha de publicación de ese cuerpo legal, adjuntando al efecto una relación de servicios de la solicitante.

Al respecto, el artículo 2° de la ley N° 20.305 exige, entre otras condiciones, tener a lo menos 20 años de servicios en las entidades mencionadas en su artículo 1° o las que sean sus antecesores legales, a la data de publicación de dicho ordenamiento, a saber, el 5 de diciembre de 2008.

Ahora bien, según los registros de este Órgano Contralor y la documentación acompañada tanto por la ocurrente como por el ente de salud, la interesada no alcanza a reunir los 20 años que requiere el citado precepto legal, circunstancia que le impide acceder al bono por el que consulta, de modo que se ajustó a derecho el rechazo de la solicitud en comento.

Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República