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Derecho público chileno

DictamenN° 26.435 de 200920 may 2009

Plazo de 48 horas para atender peticiones de antecedentes en concurso público de telecomunicaciones

Fecha
20 de mayo de 2009
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Fuentes legales
Ley 18575 art/13, DFL 1/19653/2000 Sepre
Descriptores
cumplimiento plazos entrega antecedentes
Cita
Dictamen N° 26.435 de 2009

Resumen

La Subsecretaría de Telecomunicaciones no cumplió el plazo de 48 horas del artículo 13 de la ley 18.575 para atender las peticiones de antecedentes, al conferir traslado de forma extemporánea, y deberá arbitrar medidas para ajustarse a los plazos legales.

Sumario de la Contraloría

Subsecretaría de Telecomunicaciones, no cumplió con el plazo de cuarenta y ocho horas, previsto en el art/13 de la ley 18575, vigente a la época de los hechos, para atender peticiones de antecedentes requeridos con ocasión de concurso público para la asignación del proyecto de transmisión de fibra óptica

Texto íntegro

N° 26.435 Fecha: 20-V-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don nombre reservado, en representación de la empresa Río Ancoa Telecomunicaciones, solicitando que se complemente el dictamen N° 31.451, de 2008, en relación con la demora en que habría incurrido la Subsecretaría de Telecomunicaciones, tanto para atender peticiones de antecedentes requeridos con ocasión del concurso público para la asignación del proyecto de transmisión por fibra óptica para Chiloé-Coyhaique, como respecto del proyecto técnico acompañado a la solicitud de modificación de concesión publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de junio de 2007, por Telsur S.A.

Sobre el particular, debe anotarse que el referido dictamen -entre otros aspectos- concluyó que esa subsecretaría no cumplió con el plazo de cuarenta y ocho horas previsto en el artículo 13 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, vigente a la época de ocurridos los hechos analizados, considerando que la presentación del recurrente se efectuó con fecha 26 de septiembre de 2007, confiriéndose traslado por medio del oficio N° 40.619 de 24 de octubre de 2007, en relación a la solicitud de los antecedentes contenidos en el proyecto presentado por la empresa Telsur Ipas Telecomunicaciones S.A. al concurso antes mencionado.

En cuanto al segundo requerimiento contenido en la presentación del señor nombre reservado, relativo a los antecedentes del proyecto técnico acompañado a la solicitud de modificación de concesión publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de junio de 2007 por Telsur S.A., de lo informado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones en su oportunidad y de los documentos tenidos a la vista, se desprende que la solicitud se formuló el 26 de septiembre de 2007 y que esta última confirió traslado mediante oficio N° 30.731 de 23 de enero de 2008, por tanto, con posterioridad al cumplimiento del plazo de cuarenta y ocho horas previsto por la citada ley.

En virtud de lo anterior, y tal como se señaló en el dictamen N° 31.451, de 2008, la Subsecretaria de Telecomunicaciones deberá, en lo sucesivo, arbitrar las medidas necesarias para ajustarse a los plazos previstos en la legislación, para atender situaciones como las reclamadas.