Se abstiene de emitir pronunciamiento por no existir denegatoria ni dilación por parte de la autoridad
- Fecha
- 10 de abril de 2014
- Descriptores
- abstención, denegatoria, dilación
- Cita
- Dictamen N° 25.543 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 7.392 de 2011
- Aplica Dictamen N° 17.173 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 25.543 Fecha: 10-IV-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado para solicitar que se emita un pronunciamiento sobre cuál es la calidad jurídica que tiene el Instituto de Seguros del Estado.
Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se les ha denegado algún derecho que pretendan tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie, motivo por el cual se abstiene, por ahora, de emitir el pronunciamiento que se recaba.
Sin perjuicio de lo anterior, y a modo meramente ilustrativo se adjuntan los oficios N°s. 17.173, de 2009 y 7.392, de 2011, que han informado, entre otros aspectos, sobre la materia anotada.
Finalmente, resulta útil señalar que la Jurisprudencia Administrativa de este Ente Contralor se encuentra disponible en la página web www.contraloria.cl , para su consulta.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República