Cursa con alcances la resolución N° 418, de 2014, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 12 de enero de 2015
- Descriptores
- compras públicas, contratos administrativos, contratación pública
- Cita
- Dictamen N° 2.502 de 2015
Texto íntegro
N° 2.502 Fecha: 12-I-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso al instrumento del rubro, mediante el cual se aprueba la renovación del contrato de adquisición que indica entre la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST) y Pfizer Chile S.A., por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la remisión que hace su cláusula décimo tercera “al punto 1.2. anterior”, en la parte relativa al “Incumplimiento de Propuesta de Solución Aceptada”, se refiere al mismo número, pero del capítulo XIII, de las bases administrativas que rigieron el proceso licitatorio del cual emana el mencionado acuerdo de voluntades, las que fueron aprobadas mediante la resolución N° 184, de 2013, de CENABAST.
Finalmente, en el párrafo relativo a las sanciones administrativas aplicables al contrato contenido en la misma cláusula anteriormente indicada, se entiende que no corresponde la mención al término “estas bases”, puesto que se trata de una estipulación contractual.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución señalada.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República