Revisión de pensión no contributiva por gracia de ex funcionario exonerado político
- Fecha
- 13 de mayo de 2009
- Fuentes legales
- Ley 19234 art/12 inc/2, DFL 338/60 art/132
- Descriptores
- revisión pensión no contributiva, exonerado político
- Cita
- Dictamen N° 24.979 de 2009
Resumen
Se desestima la solicitud, pues no aporta nuevos antecedentes y la pensión ya reliquidada se encuentra ajustada a la normativa que la regula.
Sumario de la Contraloría
Sobre solicitud de revisión de pensión no contributiva, por gracia, de ex funcionario de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 54.100 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 24.979 Fecha : 13-V-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, ex funcionario de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar nuevamente la revisión de la pensión no contributiva, por gracia, de la que es titular.
Requerido al efecto, el entonces Instituto de Normalización Previsional cumplió con remitir dos expedientes jubilatorios del interesado.
Sobre el particular, cumple manifestar que la consulta en examen no aporta nuevos antecedentes ni difiere en modo alguno de la presentación efectuada con anterioridad por el interesado y a la que se diera respuesta, mediante el oficio N° 31.861, de 2007, de esta Entidad Fiscalizadora, en el que se señaló que la pensión no contributiva del peticionario, que se reliquidó mediante el decreto N° 635, de 2004, del Ministerio del Interior, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234 y en el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960, se encuentra ajustada a la normativa que la regula.
En consecuencia, en mérito de lo anteriormente expuesto, sólo cabe desestimar la petición del interesado.