Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 23.936 de 201825 sep 2018

Se ratifica dictamen N° 63.525, de 2014, de este origen, por no acompañarse antecedentes que permitan variar lo resuelto

Fecha
25 de septiembre de 2018
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 2/68 Inter art/132 inc/4, res 570/2014 Contr art/5
Descriptores
Carabineros, revisión de pensión, prescripción, solicitud de audiencia, requisitos
Cita
Dictamen N° 23.936 de 2018

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 23.936 Fecha: 25-IX-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, la revisión de su pensión de retiro, con la finalidad de que se incorporen los beneficios económicos que señala.

Al respecto, cabe recordar que, atendiendo similar petición del interesado, esta Entidad Fiscalizadora, a través del dictamen N° 63.525, de 2014, determinó, en lo que interesa, que no procedía revisar esa pensión, otorgada en el año 1973, pues el plazo de diez años que el artículo 132, inciso cuarto, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, confiere para ello, se encontraba vencido, considerando que entre el año 1993, última vez que su solicitud de revisión de su jubilación fue rechazada, y el año 2012, en que formuló nuevamente la misma petición, transcurrió el anotado lapso de diez años.

En tales condiciones, y dado que el señor nombre reservado en la presentación en estudio, no aporta elementos de juicio distintos, cuya ponderación permita variar lo concluido en el reseñado pronunciamiento, se ratifica el dictamen N° 63.525, de 2014 y se desestima su pretensión.

Finalmente, en relación con la solicitud de audiencia planteada, se hace presente, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, complementado con lo preceptuado en el artículo 5° de la resolución N° 570 de 2014, de este origen, que toda solicitud de audiencia deberá presentarse a través del espacio “Contraloría General Ley de Lobby” disponible en el sitio web www.contraloria.cl , mediante el formulario denominado “Solicitar Audiencia”.

El uso de ese formato permite el cumplimiento de los requisitos que la ley contempla para estos casos, como indicar, al menos, los datos personales de los requirentes y las personas asociadas a la solicitud, así como si se percibe una remuneración por la gestión, la materia específica a tratar y la individualización de quienes asistirán a la reunión requerida.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento (S)

Departamento de Previsión Social y Personal