Se abstiene de emitir pronunciamiento y remite la presentación adjunta
- Fecha
- 30 de marzo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 1/2006 Salud art/110 num/2, dfl 1/2006 Salud art/110 num/3, ley 19880 art/14 inc/2
- Descriptores
- facultades CGR, competencia, deducciones cotizaciones de salud, SUSAL
- Cita
- Dictamen N° 23.752 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 74.634 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.143 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 23.752 Fecha: 30-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, reclamando por las deducciones que la Isapre Cruz Blanca habría ordenado realizar sobre su renta vitalicia, por concepto de cotizaciones de salud. Sobre el particular, es dable hacer presente que de acuerdo a lo previsto en el artículo 110, numerales 2 ° y 3°, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio de Salud, es la Superintendencia de Salud la encargada de interpretar administrativamente las normas que rigen a las instituciones de salud previsional, así como fiscalizarlas en los aspectos jurídicos y financieros, para el debido cumplimiento de las obligaciones que establece la ley y aquellas que emanen de los contratos de salud. Ahora bien, considerando que el asunto de que se trata se encuentra en el ámbito de atribuciones de esa Entidad, cumple este Órgano de Control con remitir los antecedentes de la referencia para los fines procedentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, y a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General