Cursa con alcance decreto N° 376, de 2013, del Ministerio de Hacienda
- Fecha
- 18 de abril de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 contr art/6 inc/2
- Descriptores
- Hacie, convenio cooperación técnica no reembolsable
- Cita
- Dictamen N° 23.716 de 2013
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 44.357 de 2014
- Aplica Dictamen N° 72.511 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 43.158 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 23.716 Fecha: 18-IV-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 376, de 2013, del Ministerio de Hacienda, mediante el cual se aprueba el convenio de cooperación técnica no reembolsable celebrado entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, relativo al proyecto destinado a mejorar la calidad del desempeño del Sistema de Alta Dirección Pública, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con reiterar lo manifestado en el oficio N° 43.158, de 2012, en el sentido que, a fin de dar observancia a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 6° del Título Preliminar de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano Fiscalizador, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, en el texto de los actos aprobatorios de los respectivos acuerdos de voluntades se deben transcribir los instrumentos y anexos que según sus términos forman parte integrante de los mismos, lo que no ha acontecido en la especie. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo indicado.
Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica