Designación de representante del Ministro de Hacienda en el Directorio de la Agencia Chilena de Eficiencia Energética
- Fecha
- 21 de septiembre de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 10/2017 Contr art/6 num/7, res 10/2017 Contr art/7 num/4, res 10/2017 Contr art/1, ley 20402 art/cuarto tran
- Descriptores
- Facultades CGR, abstenciones, materia exenta, designación consejeros, persona jurídica de derecho privado
- Cita
- Dictamen N° 23.516 de 2018
Resumen
Se restituye la resolución, exenta de toma de razón y registro, porque la Agencia Chilena de Eficiencia Energética es una fundación de derecho privado y no un organismo estatal.
Sumario de la Contraloría
Restituye la resolución exenta Nº 208, de 2018, del Ministerio de Hacienda
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 55.852 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 23.516 Fecha: 21-IX-2018 Esta Contraloría General restituye el documento del epígrafe, mediante el cual se designa a doña nombre reservado, como representante del Ministro de Hacienda en el Directorio de la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, dado que según se establece en los artículos 6°, N° 7 y 7°, N° 4, de la resolución N° 10, de 2017, de esta Entidad de Control, no se encuentra sujeto a trámite alguno ante este Organismo Fiscalizador.
En efecto, según lo dispuesto en la precitada normativa, solo se encuentran sujetas a trámite ante esta Entidad Fiscalizadora las resoluciones que designan a miembros de consejos o juntas directivas, en la medida que dichas entidades colegiadas tengan el carácter estatales.
En este sentido, los mencionados actos administrativos deben someterse a toma de razón, en el evento que el designado sea un funcionario público, y a registro en caso de que no lo sea, salvo que se realice el nombramiento por decreto supremo firmado por el Presidente de la República, en conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la citada resolución N° 10, de 2017, lo que no ocurre en la especie.
De este modo, dado que la Agencia Chilena de Eficiencia Energética no posee el carácter de organismo estatal, por cuanto es una persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, constituida en cumplimiento del artículo cuarto transitorio de la ley N° 20.402, y que mediante el decreto N° 245, de 2010, del ex Ministerio de Justicia, se le concedió personalidad jurídica y aprobaron sus estatutos como una fundación de derecho privado, fundada por los Ministerios de Energía y de Hacienda, y por la Confederación de la Producción y el Comercio, tal como se precisó en el dictamen N° 55.852, de 2016, de este origen, es dable concluir que el documento del rubro se encuentra exento tanto de toma de razón como de registro.
En mérito de lo expuesto, se restituye el documento de la suma.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Área Jurídica Departamento de Previsión Social y Personal