Toma de razón de resolución de la Dirección de Arquitectura sobre convenio mandato con el Ministerio Público
- Fecha
- 23 de junio de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- RES 1600/2008 contr art/6 inc/1
- Descriptores
- facultades CGR, Toma de Razón, representa resolución, convenio mandato
- Cita
- Dictamen N° 23.193 de 2017
Resumen
Contraloría se abstiene de tomar razón porque no se acompañó el acuerdo suscrito por las reparticiones, incumpliendo el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución N° 8 de 2017, de la Dirección de Arquitectura
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 4.708 de 2018
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 23.193 Fecha: 23-VI-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución de la suma, que deja sin efecto la resolución exenta que indica y aprueba el convenio mandato a través del cual el Ministerio Público le encomienda a esa dirección, en forma completa e irrevocable, la gestión técnica y administrativa para el desarrollo del proyecto de arquitectura “Construcción Fiscalía Local de Río Negro”, por cuanto no se ha acompañado el acuerdo suscrito por dichas reparticiones, contraviniendo con ello lo dispuesto en el artículo 6°, inciso primero, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta sede de control, en virtud del cual los actos administrativos afectos deben ser remitidos conjuntamente con los antecedentes que les sirven de fundamento.
Sin perjuicio de lo anterior, esa repartición debe inutilizar el reverso del acto administrativo con la firma y timbre del ministro de fe respectivo.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación