Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 22.804 de 201316 abr 2013

Licitación de obras públicas: valores pro forma y presupuesto oficial no dados a conocer

Fecha
16 de abril de 2013
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
dto 75/2004 Moopp art/4 num/24, dto 75/2004 Moopp art/4 num/40
Descriptores
DOH, licitación, reclamo, oferta mas conveniente
Cita
Dictamen N° 22.804 de 2013

Resumen

Se desestima el reclamo y no se observa la adjudicación, pues excluir los valores pro forma del análisis comparativo no afectó la igualdad de los oferentes; se instruye establecer responsabilidades por los incumplimientos normativos.

Sumario de la Contraloría

Sobre licitación que indica, convocada por la Dirección de Obras Hidráulicas, región de Valparaíso

Texto íntegro

N° 22.804 Fecha : 16-IV-2013 Por el documento de la referencia, remitido a este Nivel Central por la Contraloría Regional de Valparaíso, doña nombre reservado, en representación, según expone, de la Empresa Constructora Ahumada Ltda., reclama que la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Valparaíso, adjudicó, mediante su resolución exenta N° 2.968, de 2011, a la empresa que indica, el contrato “Conservación y Reparación de Colector de Aguas Lluvias de Avenida Benidorm (15 Norte), Comuna de Viña del Mar, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso”, en circunstancias que la oferta de la recurrente habría sido la más económica.

Precisa al efecto que la adjudicataria incluyó en su propuesta montos correspondientes a valores pro forma -lo que la interesada no hizo- que no fueron considerados en la evaluación, sin desmedro de que la Administración no valorizó dichos rubros en los documentos de la licitación, ni entregó un presupuesto oficial detallado.

Sobre el particular, y teniendo presente lo informado, a requerimiento de la indicada Contraloría Regional, por la singularizada repartición pública, resulta menester tener presente que el artículo 4°, N° 24, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, aplicable en la especie, define el presupuesto oficial como el estudio detallado, efectuado por el Ministerio, de las cantidades, precios unitarios y precio total previsto para una obra, que representa su opinión sobre su valor.

Asimismo, que el N° 40 de ese artículo, en relación a los valores pro forma, indica que éstos deben señalarse en dicho presupuesto y reproducirse en las respectivas propuestas.

Por último, corresponde considerar el punto 2.14 de las bases administrativas tipo, aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, utilizadas en el proceso que se analiza, en tanto señala, en lo que importa, que los valores pro forma serán detallados en el aludido presupuesto oficial, y que sus montos deberán ser reproducidos por la empresa contratista en su oferta y por la Dirección en el formulario de cotización.

Ahora bien, analizados los antecedentes adjuntos se aprecia que la Administración omitió valorizar los valores pro forma en el referido formulario de cotización, lo que infringe la aludida preceptiva.

Sin embargo, consta en el informe de adjudicación que para determinar la oferta más conveniente la respectiva comisión de evaluación excluyó dichos rubros del análisis comparativo para determinar la oferta más económica.

En ese contexto, este Ente de Control estima que la referida infracción no constituye un vicio que haya afectado el principio de igualdad de los oferentes, y que, por ende, implique observar la adjudicación efectuada.

Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que, por otra parte, no se advierte que durante el proceso licitatorio se haya dado a conocer el respectivo presupuesto oficial, se ha estimado menester instruir a esa Dirección a fin de que establezca las responsabilidades administrativas comprometidas en los incumplimientos normativos en la elaboración y entrega de los antecedentes de la licitación en comento.

nombre reservado

Contralor General de la República