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Derecho público chileno

DictamenN° 22.765 de 201219 abr 2012

Cursa con alcance la resolución 47/2012 del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, que aprueba un convenio de prestación…

Fecha
19 de abril de 2012
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
ley 20502 art/19 lt/j
Descriptores
acuerdo, convenio, drogas, rehabilitación
Cita
Dictamen N° 22.765 de 2012

Sumario

Cursa con alcance la resolución 47/2012 del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, que aprueba un convenio de prestación de servicios

Texto íntegro

N° 22.765 Fecha:19-IV-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 47, de 2012 del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, mediante la cual se aprueba el convenio de prestación de servicios entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, “para la compra de meses de planes de tratamiento para personas con consumo problemático de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, para el año 2012”, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la facultad para celebrar convenios con instituciones públicas o privadas, conforme a la cual se suscribió el de la especie, destinado a otorgar tratamiento y rehabilitación a personas afectadas por el consumo de drogas y alcohol, se encuentra expresamente consagrada en la letra j) del artículo 19 de la ley N° 20.502, que creó ese Servicio, aspecto que se ha omitido consignar en el considerando N° 5 de la resolución en examen y en la cláusula primera del citado instrumento. Por otra parte, cabe precisar que la alusión a la cláusula quinta que se efectúa en la cláusula décima del convenio y en la respectiva transcripción del mismo, en el acto administrativo en estudio, debe entenderse referida a la cláusula sexta, que es la que contiene la vigencia del contrato.

Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado.

nombre reservado

Contralor General de la República