Dejar sin efecto un acto sancionatorio ya tomado de razón en el Instituto de Salud Pública
- Fecha
- 31 de marzo de 2014
- Descriptores
- proceso disciplinario, reapertura
- Cita
- Dictamen N° 22.477 de 2014
Resumen
La Contraloría restituye la resolución que dejaba sin efecto un acto sancionatorio ya tomado de razón, pues solo procede si la autoridad dispone la reapertura del proceso disciplinario por vicios de legalidad o hechos no conocidos.
Sumario de la Contraloría
Restituye resolución N° 43, de 2014, del Instituto de Salud Pública
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 2.795 de 2014
- Aplica Dictamen N° 39.036 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 22.477 Fecha: 31-III-2014 Esta Contraloría General restituye a ese servicio la resolución N° 43, de 2014, del Instituto de Salud Pública, por medio de la cual se deja sin efecto un acto administrativo sancionatorio que ya ha sido tomado razón, toda vez que ello sólo será procedente en la medida que, la autoridad competente, disponga la reapertura del respectivo proceso disciplinario con el fin de establecer las circunstancias que justificarían modificar la decisión primitiva, en consideración a que se habría incurrido en vicios de legalidad o a la existencia de hechos no conocidos y que permitan alterar lo resuelto, tal como lo ha señalado este Organismo Fiscalizador en sus dictámenes N°s. 39.036, de 2012 y 2.795, de 2014, entre otros, debiendo remitirse a esta Entidad de Control, si fuera procedente, la nueva resolución de término.
Atendido lo indicado, se restituye el instrumento individualizado y sus antecedentes.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante