Competencia para resolver el desahucio de empleados de conservadores de bienes raíces
- Fecha
- 16 de junio de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 15702 art/30
- Descriptores
- Facultades CGR, competencia, derecho a desahucio, empleados conservador de bienes raíces
- Cita
- Dictamen N° 22.114 de 2017
Resumen
La Contraloría desestima la petición y remite la solicitud al Instituto de Previsión Social, por radicar en ese organismo la facultad de conocer y resolver sobre el derecho al desahucio de los empleados de notarías, conservadores y archivos judiciales.
Sumario de la Contraloría
El derecho a desahucio de los empleados de conservadores de bienes raíces radica en el Instituto de Previsión Social
Texto íntegro
N° 22.114 Fecha: 16-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, cédula de identidad N° RUT reservado, para solicitar el desahucio que allí se indica, al que estima tener derecho como exempleada del Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Temuco.
Al respecto, cumple con manifestar que de conformidad con el artículo 30 de la ley N° 15.702, los empleados de notaría, conservadores de bienes raíces y archivos judiciales, se rigen por la normativa sobre desahucio contenida en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, debiendo enterarse las respectivas cotizaciones en la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Por lo tanto, no corresponde a este Organismo de Control acoger la petición formulada en esta oportunidad, siendo procedente, en cambio, remitir la presentación al Instituto de Previsión Social, en el radica la facultad de conocer y resolver sobre el derecho al beneficio impetrado, acorde con el artículo 30 de la ley antes citada. De acuerdo a lo anterior, se desestima la petición de la interesada y se remite su solicitud de desahucio al Instituto de Previsión Social a fin que resuelva sobre el particular.
Transcríbase a la interesada.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal