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Derecho público chileno

DictamenN° 21.676 de 201830 ago 2018

Cursa con alcance la resolución N° 26, de 2018, de la Subsecretaría de Obras Públicas

Fecha
30 de agosto de 2018
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, trato directo, plazo de vigencia
Cita
Dictamen N° 21.676 de 2018

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 21.676 Fecha: 30-VIII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito vía trato directo con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., para la prestación del servicio de comunicaciones de transmisión de datos y telefonía que indica, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, cumple con manifestar que esta Entidad Fiscalizadora entiende que la vigencia de dicho contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación de la resolución en examen y no a partir de la fecha que se estipula en la cláusula tercera del referido acuerdo de voluntades. Lo anterior es sin perjuicio de que la prestación de los servicios haya podido iniciarse a contar de dicha data (aplica oficio N° 7.553, de 2017).

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República