Cursa con alcance la resolución N° 26, de 2018, de la Subsecretaría de Obras Públicas
- Fecha
- 30 de agosto de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, trato directo, plazo de vigencia
- Cita
- Dictamen N° 21.676 de 2018
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 4.448 de 2019
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 7.553 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 21.676 Fecha: 30-VIII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito vía trato directo con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., para la prestación del servicio de comunicaciones de transmisión de datos y telefonía que indica, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con manifestar que esta Entidad Fiscalizadora entiende que la vigencia de dicho contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación de la resolución en examen y no a partir de la fecha que se estipula en la cláusula tercera del referido acuerdo de voluntades. Lo anterior es sin perjuicio de que la prestación de los servicios haya podido iniciarse a contar de dicha data (aplica oficio N° 7.553, de 2017).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República