Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de una materia sometida al conocimiento de los tribunales de justicia
- Fecha
- 13 de marzo de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Fiscalización CGR, Contraloría General de la República (facultades), incompetencia
- Cita
- Dictamen N° 20.039 de 2015
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.751 de 2014
- Aplica Dictamen N° 4.553 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 20.039 Fecha: 13-III-2015 La Contraloría Regional de Los Ríos ha remitido a esta Sede Central la presentación de la Asociación Regional de los Consejos Comunales de Organizaciones de la Sociedad Civil de la mencionada región, por medio de la cual solicita un pronunciamiento acerca de diversas materias vinculadas con el cobro de tarifas eléctricas a los clientes de la empresa que indica. Sobre el particular, cabe señalar que esta Contraloría General ha tomado conocimiento de que uno de los recurrentes, en su calidad de vicepresidente de la individualizada asociación, interpuso un recurso de protección en relación con la misma materia planteada ante esta Entidad de Control, el que se encuentra en tramitación en la Corte de Apelaciones de Valdivia, en causa Rol N° Civil-219-2015. Al respecto, cumple con manifestar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes N os 4.553 y 24.751, de 2014, entre otros). Transcríbase a la Contraloría Regional de Los Ríos. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación