Cursa con alcance decreto N° 37, de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Reconsiderado parcialmente por dictamen 58884/2015
Marcado por la Contraloría: reconsiderado parcialmente, alterado.
- Fecha
- 13 de marzo de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19882 art/sexagésimo sexto, ley 18834 art/86
- Descriptores
- Estatuto Administrativo General, ingreso a la Administración
- Cita
- Dictamen N° 19.772 de 2015
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 58.884 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 58.660 de 2014
- Aplica Dictamen N° 25.371 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 19.772 Fecha: 13-III-2015 Esta Contraloría General ha tomado razón del documento del rubro, mediante el cual se nombra a doña nombre reservado, en el cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública de Intendenta de Beneficios Sociales, de la Superintendencia de Seguridad Social, a contar del 28 de octubre de 2014.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe advertir que, según los registros de esta Entidad de Control, la señora nombre reservado ejerce actualmente como directora de la Empresa Portuaria Iquique, circunstancia que le impediría desempeñar con dedicación exclusiva el aludido empleo de alto directivo público, según lo dispone el artículo sexagésimo sexto de la ley N° 19.882.
En este sentido, debe anotarse que la jurisprudencia de este Órgano Contralor, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 25.371, de 2009 y 58.660, de 2014, ha precisado que dicha exigencia implica que quienes sirven esta clase de plazas canalicen todos sus esfuerzos laborales solo al ejercicio de ese empleo, lo que además comprende la prohibición de realizar cualquier otra función, cargo o actividad remunerada, sea pública o privada.
En consecuencia, la asunción por parte de la interesada en el citado empleo de Intendenta de Beneficios Sociales, ha provocado su cese en el cargo que desempeña en la indicada Empresa Portuaria, conforme a lo previsto en el artículo 86 de la ley N° 18.834.
Con el alcance que antecede, se ha dado curso al acto administrativo de la suma. Transcríbase a la Corporación de Fomento de la Producción .
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República