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Derecho público chileno

DictamenN° 19.699 de 201418 mar 2014

Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros

Fecha
18 de marzo de 2014
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Carab, exoneción de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 19.699 de 2014

Resumen

La Contraloría exonera de responsabilidad civil al funcionario, al estimar que los daños al furgón no se debieron a su culpa o negligencia, sino a un ataque de terceros.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 19.699 Fecha : 18-III-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4067, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 21 de octubre de 2012, el aludido servidor, junto con otros empleados, se desplazaba en el citado furgón por la Avenida Departamental, y al llegar a la intersección con la Avenida Exequiel Fernández, en la comuna de Macul, fue atacado por un grupo de barristas que, sin mediar provocación, comenzó a lanzar piedras en contra del referido móvil policial, resultando éste con un vidrio quebrado.

Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 349, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $ 166.898, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños producidos al furgón fiscal Z-4067.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República