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Derecho público chileno

DictamenN° 1.967 de 201410 ene 2014

Invalidación de actos que reconocieron componente de acreditación individual en el Hospital Las Higueras

Fecha
10 de enero de 2014
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 1/2005 SALUD art/86, ley 19880 art/53
Descriptores
SDS, proceso de acreditación, asignación componente individual, invalidación acto administrativo
Cita
Dictamen N° 1.967 de 2014

Resumen

El Servicio de Salud Talcahuano debe incluir a la recurrente en la revisión de la invalidación, pues esta solo procedía previa audiencia y dentro de dos años desde la notificación, conforme al artículo 53 de la ley N° 19.880.

Sumario de la Contraloría

Hospital debe revisar la invalidación del acto que dio derecho a la interesada al pago de la cuota del componente de acreditación individual de la asignación que se indica, considerando las limitaciones que establece el artículo 53 de la ley N° 19.880

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N°1.967 Fecha: 10-I-2014 La Contraloría Regional del Biobío ha remitido a esta Sede Central la presentación deducida por doña nombre reservado, funcionaria del Hospital Las Higueras, dependiente del Servicio de Salud Talcahuano, solicitando se determine si se ajustó a derecho la decisión adoptada por este último organismo, en orden a recalcular sus años de acreditación, reconociéndole sólo tres, para los efectos de acceder al componente individual de la asignación contemplada en el artículo 86 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

Al respecto, cabe señalar que por medio del dictamen N° 78.518, de 2013, se ordenó la revisión del procedimiento de regularización que se había realizado respecto del “Proceso de Acreditación de los Profesionales del Hospital Las Higueras de Talcahuano”, en atención a que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 53 de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, la invalidación de los actos administrativos que concedieron a los funcionarios el beneficio de la especie sólo procedía previa audiencia de los interesados y en la medida que no hubieran transcurrido más de dos años contados desde la notificación de los mismos, limitaciones que no se observaron.

En consecuencia, y tomando en consideración que la reclamante se encuentra entre los servidores que fueron comprendidos en dicho proceso, esta Contraloría General cumple con manifestar que doña nombre reservado deberá ser incluida en la revisión ordenada.

Transcríbase a la interesada, al Servicio de Salud Talcahuano y a la Contraloría Regional del Biobío.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante