Cálculo y revisión de la tasa de reemplazo líquida para el bono de la ley N° 20.305
- Fecha
- 2 de enero de 2014
- Fuentes legales
- ley 20305 art/3 inc/1, ley 20403 art/35 num/1 lt/a, ley 20305 art/3 inc/3, ley 19880 art/14 inc/2
- Descriptores
- bono postlaboral, cálculo tasa de reemplazo líquida, revisión, Superintendencia de Pensiones
- Cita
- Dictamen N° 193 de 2014
Resumen
Corresponde a la Superintendencia de Pensiones recabar la información y calcular la tasa de reemplazo líquida, por lo que la Contraloría remite los antecedentes a ese servicio para que responda directamente al recurrente.
Sumario de la Contraloría
Cálculo y revisión de la tasa de reemplazo líquida para la obtención del bono de la ley N° 20.305, corresponde a la Superintendencia de Pensiones
Texto íntegro
N° 193 Fecha: 02-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, exfuncionario de la Dirección General de Obras Públicas, para solicitar la revisión del cálculo que hizo la Superintendencia de Pensiones de su tasa de reemplazo líquida a fin de acceder al bono de la ley N° 20.305, que requiere tener un porcentaje igual o inferior a 55%.
Al respecto, cabe hacer presente que el inciso primero del artículo 3° de la ley N° 20.305, modificado por el artículo 35, número 1, letra a), de la ley N° 20.403, señala, en lo pertinente, que el jefe superior del servicio o jefatura máxima que corresponda deberá requerir a la Superintendencia de Pensiones, la estimación acerca de la tasa de reemplazo líquida del trabajador.
A su turno, el inciso tercero de la disposición citada, establece que para esos efectos, la aludida institución deberá solicitar los antecedentes necesarios a las administradoras de fondos de pensiones.
Como puede apreciarse, de las normas descritas se infiere que la entidad encargada de recabar la información y de realizar el cálculo de la mencionada tasa de reemplazo es la Superintendencia de Pensiones, motivo por el cual, y atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, este Órgano Contralor cumple con remitir a ese servicio los antecedentes de la especie a fin de que se sirva dar respuesta directa al recurrente sobre la materia.
Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República