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Derecho público chileno

DictamenN° 18.322 de 20156 mar 2015

Asignación policial por desempeño en unidades operativas para exfuncionarios de la Policía de Investigaciones

Fecha
6 de marzo de 2015
Materia
Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 2/68 Inter art/46 lt/n
Descriptores
Estatuto de la Policía de Investigaciones de Chile, asignaciones
Cita
Dictamen N° 18.322 de 2015

Resumen

No le asiste el derecho a percibir la asignación, pues el reglamento que la regula no contempló su pago tratándose de exfuncionarios.

Sumario de la Contraloría

Exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, no tiene derecho a la asignación policial por desempeño en unidades operativas

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 18.322 Fecha : 06-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando se le reconozca el derecho que le asistiría para percibir la asignación policial por desempeño en unidades operativas.

En su informe, ese organismo manifestó, por las razones que señala, que el interesado no puede gozar del beneficio económico que reclama, establecido en el artículo 46, letra n), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, aplicable en la especie.

Al respecto, cabe recordar que si bien a través del dictamen N° 41.967, de 1999, de este origen, se reconoció que los empleados de esa institución policial podían gozar del mencionado estipendio, esta Contraloría General, en sus dictámenes N°s 19.518, de 2006 y 40.848, de 2008, entre otros, pronunciándose sobre su pago, expresó que tal materia tenía que ser regulada por el Reglamento de Gratificaciones, Asignaciones y Sobresueldos que debía dictarse al efecto, por lo que mientras éste no entrase en vigencia, no resultaba posible su otorgamiento.

En este sentido, es dable destacar que mediante el decreto N° 135, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, se aprobó ese ordenamiento reglamentario, el cual, sin embargo, no contempló ninguna disposición acerca del entero del emolumento en examen, tratándose de exfuncionarios, como se informó en los dictámenes N°s 654, de 2011 y 48.857, de 2012, de esta Entidad Fiscalizadora, entre otros.

En consecuencia, cabe concluir que al señor nombre reservado no le asiste el derecho a percibir la asignación policial por desempeño en unidades operativas que pretende.

Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República