Sobre supresión de cargos en la Universidad de Chile
- Fecha
- 24 de marzo de 2011
- Fuentes legales
- dfl 3/2006 educa art/19 lt/h, dfl 153/81 educa
- Descriptores
- supresión de cargos, UCHILE
- Cita
- Dictamen N° 18.261 de 2011
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 65.961 de 2010
- Aplica Dictamen N° 48.807 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 18.261 Fecha: 24-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, médico cirujano del Hospital Clínico Dr. José Joaquín Aguirre, de la Universidad de Chile, para solicitar información sobre el procedimiento para disponer la supresión de cargos en esa Casa de Estudios, sin efectuar precisiones sobre la situación que motiva su consulta.
Requerido su informe, la autoridad no lo ha remitido, por lo que, atendido el tiempo transcurrido, este Organismo de Control se pronuncia sin dicho antecedente.
Al respecto, es dable manifestar que de acuerdo con la letra h) del artículo 19 del D.F.L. N° 3, de 2006, del Ministerio de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N° 153, de 1981, del mismo origen, que establece los estatutos de esa universidad, al Rector de esa Casa de Estudios le corresponde ejercer una facultad de carácter complejo que, en definitiva, comprende dos atribuciones estrechamente vinculadas, por una parte, la de nombrar al personal académico y administrativo y, por otra, la de aprobar la respectiva planta.
En este sentido, la jurisprudencia de este Organismo Contralor, contenida en los dictámenes N os 45.873, de 2007 y 14.276 y 59.982, ambos de 2008, entre otros, ha reconocido que la facultad recién indicada, de aprobar las respectivas plantas académica y administrativa, comprende -a su vez-, la de crear y suprimir cargos.
Precisado lo anterior, y en lo que se refiere específicamente al ejercicio de la señalada atribución de suprimir empleos, conviene anotar que este Ente Fiscalizador, a través de los dictámenes N os 53.382, de 2004, y 48.807 y 65.961, ambos de 2010, ha concluido que la decisión relativa a esa materia debe ser fundada mediante un informe en que se declare que ella obedece a una necesidad institucional relacionada con la modificación de la estructura, funciones o programación de las unidades que conforman la Universidad.
nombre reservado
Contralor General de la República