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Derecho público chileno

DictamenN° 1.811 de 201112 ene 2011

Representa dto 351/2010 de Defensa, que otorga concesión marítima menor que indica

Fecha
12 de enero de 2011
Materia
Obras públicas y concesiones
Fuentes legales
dto 2/2005 Defen art/16 inc/3
Descriptores
concesión marítima menor
Cita
Dictamen N° 1.811 de 2011

Texto íntegro

N° 1.811 Fecha: 12-I-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto 351, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, que otorga la concesión marítima menor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho.

En efecto, de conformidad a lo prescrito en el inciso tercero del artículo 16, del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, la exención de la obligación de constituir la garantía a favor del Fisco por las mejoras fiscales -para las entidades específicas que conforme a dicho precepto pueden ser beneficiarias de una medida como la de la especie- debe disponerse por razones fundadas, las que, por su propia naturaleza, es necesario que se expliciten, en el acto respectivo, lo que no acontece en la especie.

Por otra parte, atendido que la tarifa anual asciende a 16,53 U.T.M., según se determina en el N° 11 del documento en análisis, su pago semestral corresponde a 8,265 U.T.M., y no como se menciona en dicho acápite.

En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo.

nombre reservado

Contralor General de la República