Solicitud de pronunciamiento jurídico debe contar con la firma del interesado o acreditar la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado
- Fecha
- 3 de julio de 2019
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 19880 art/30 lt/d
- Descriptores
- Facultades CGR, solicitud de pronunciamiento, requisitos, expresión de voluntad, firma solicitud
- Cita
- Dictamen N° 17.921 de 2019
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.143 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 17.921 Fecha: 03-VII-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General, mediante una presentación ingresada en el portal “Contraloría y Ciudadano”, el señor nombre reservado, funcionario del Ejército, requiriendo un pronunciamiento sobre la licitud de una investigación sumaria administrativa que se instruye con motivo de su estado de salud, en el cual se concluiría que no es apto para el servicio.
Al respecto, corresponde manifestar que atendida la materia sobre la que recae el asunto reclamado, esta no tiene la calidad de sugerencia de fiscalización o de mera denuncia -en los términos que estas son definidas en el individualizado portal-, sino que se trata de un requerimiento que debe ser resuelto a través de la emisión de un pronunciamiento jurídico.
En tal sentido, y en armonía con lo prevenido en el artículo 30, letra d), de la ley N° 19.880, y en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen, resulta necesario para conocer del asunto, que el interesado firme su presentación o acredite la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado.
De esta manera, cae señalar que el recurrente deberá acudir a la Oficina de Partes de esta Contraloría General o a la de la Contraloría Regional correspondiente a la comuna en que reside, de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 13:00 hrs., para dar cumplimiento a lo señalado anteriormente, haciéndose presente que no resulta suficiente para el anotado fin que se remita una copia de su cédula de identidad.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal