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Derecho público chileno

DictamenN° 17.898 de 20097 abr 2009

Término de mutuo acuerdo de concesión marítima mayor en Calbuco

Fecha
7 de abril de 2009
Materia
Obras públicas y concesiones
Fuentes legales
Dto 2/2005 defen art/29, Dto 2/2005 marin art/29
Descriptores
término concesión marítima Pesquera Burca
Cita
Dictamen N° 17.898 de 2009

Resumen

La Contraloría se abstiene de cursar el decreto por no ajustarse a derecho: el informe de la Dirección General del Territorio Marítimo no está suscrito por quien corresponde y los poderes del representante son insuficientes.

Sumario de la Contraloría

Devuelve decreto del Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina, que pone término de mutuo acuerdo la concesión marítima otorgada a Pesquera Burca Limitada, sobre un sector de playa, fondo de mar y porción de agua en la comuna de Calbuco, por no ajustarse a derecho

Texto íntegro

N° 17.898 Fecha: 7-IV-2009 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 67, de 2009, Ministerio de Defensa, Subsecretaría de marina, que pone término de mutuo acuerdo la concesión marítima otorgada a Pesquera Burca Limitada, sobre un sector de playa, fondo de mar y porción de agua en la comuna de Calbuco, por no ajustarse a derecho.

En efecto, el informe de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, exigido por el artículo 29 del decreto N° 2 Reglamento de Concesiones Marítimas, Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, no se encuentra suscrito por quien corresponde.

Por otro lado, la naturaleza de la concesión en estudio, al ser modificada en el año 2007, se le otorgó la calidad de concesión marítima mayor, situación que debe incorporarse tanto en la suma como en el N° 1 de lo dispositivo del decreto, y mencionarse el plano N° 51/06-S, que reemplazó al N° 023/2000-S.

Finalmente, los poderes de quien concurre representando a la Sociedad resultan insuficientes, en atención a que el término de común acuerdo no ha sido comprendido en el mandato otorgado por escritura pública de 16 de febrero de 2006, debiendo en la especie concurrir ambos representantes.