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Derecho público chileno

DictamenN° 17.849 de 201321 mar 2013

No procede revisar calificación en carabineros de Chile, atendida la extemporaneidad de la petición

Fecha
21 de marzo de 2013
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 11595 art/36, DFL 2/68 INTER art/32
Descriptores
CARAB, calificación, plazo de revisión
Cita
Dictamen N° 17.849 de 2013

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N°17.849 Fecha: 21-III-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su proceso evaluatorio correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en la Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio.

Como cuestión previa, es menester recordar que esta Entidad Fiscalizadora, a través de su dictamen N° 74.912, de 2012, determinó, por las razones que en ese oficio se señalan, que el aludido proceso se ajustó a derecho.

No obstante lo anterior, cabe indicar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene que los empleados de esa institución pueden solicitar la revisión de su calificación siempre que sean ubicados, en lo que interesa, en Lista N° 4, de Eliminación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el retiro, requisito que no se cumple en la especie.

En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor nombre reservado fue llamado a retiro a contar del 1 de diciembre de 2011, por haber sido incorporado en la referida nómina, reclamando de tal medida el día 3 de abril de 2012, el que fue resuelto mediante el citado oficio N° 74.912, de 2012. Luego, con fecha 8 de marzo de 2013, esto es, vencido el anotado término de un año, solicita nuevamente, de modo extemporáneo, el examen de su evaluación, por lo que se desestima su petición.

nombre reservado

Contralor General de la República