Exoneración de responsabilidad civil por daños a bienes fiscales de Carabineros de Chile
- Fecha
- 6 de marzo de 2014
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Carab, responsabilidad civil, exoneración
- Cita
- Dictamen N° 16.711 de 2014
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil a los funcionarios por los daños al furgón fiscal y al bastón retráctil, al constatar que no hubo culpa ni negligencia de su parte en los hechos.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 16.711 Fecha: 06-III-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4655, conducido por su funcionario, Sargento 1° señor nombre reservado, como asimismo por los deterioros al bastón retráctil que usaba el Cabo 1° señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 15 de enero de 2013, el señor nombre reservado, acompañado de otros empleados, circulaba en el citado vehículo por domicilio reservado, y al llegar a la intersección con calle 4, en la comuna de Curicó, detuvo la marcha ante un objeto que le impedía continuar con su desplazamiento, instante en el cual, y de forma sorpresiva, un individuo le propinó una patada a la puerta trasera derecha, abollándola, para darse a la fuga, iniciando el señor nombre reservado la persecución de esa persona, logrando darle alcance, produciéndose un forcejeo entre ambos, situación que fue aprovechada por aquélla para arrebatarle el mencionado bastón y golpear con él una reja metálica, quebrándolo.
Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, en el caso del furgón Z-4655, según el certificado N° 26, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $95.200, siendo dicho móvil reparado y dado de alta para el servicio.
Por su parte, los deterioros del bastón retráctil, acorde con el documento electrónico N° 9953719, de 2013, del Departamento Armamento y Municiones, fueron por un monto de US$30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $14.179), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 191, de 2013, dar de baja esa especie.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4655 y al señor nombre reservado, por los deterioros del bastón retráctil que utilizaba.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República