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Derecho público chileno

DictamenN° 16.544 de 20178 may 2017

Cursa con alcances la resolución N° 1.195, de 2016, del Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile

Fecha
8 de mayo de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contratos administrativos, demora tramitación
Cita
Dictamen N° 16.544 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 16.544 Fecha: 08-V-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueba un addendum al contrato de apoyo al diagnóstico, celebrado entre el citado hospital y la empresa Imalab S.A., por encontrarse ajustado a derecho.

No obstante, cabe hacer presente que el certificado de disponibilidad presupuestaria que se acompaña está datado el 6 de enero de 2016, y no en la fecha que se anota en la letra K) de la cláusula primera del acuerdo de voluntades.

Por otra parte, cumple con indicar que, en lo sucesivo, la referida entidad pública deberá adoptar las medidas tendientes a emitir oportunamente los actos administrativos que aprueben acuerdos como el que se examina, pues dicho convenio fue suscrito el 5 de enero de 2016 y la resolución que lo aprueba fue dictada el 26 de septiembre del mismo año.

La demora señalada implica una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, relativo al principio de celeridad (aplica dictamen N° 14.554, de 2015).

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo en análisis.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República