Diploma de Publicista del Instituto Profesional DUOC y asignación profesional
- Fecha
- 27 de febrero de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dl 479/74 art/3, ley 19699 art/8
- Descriptores
- asignaciones, títulos y diplomas
- Cita
- Dictamen N° 16.442 de 2015
Resumen
El diploma habilita para percibir la asignación profesional si se accede a un cargo a contrata entre los grados A y 23 de la E.U.S. con jornada de 44 horas, pues los requisitos de seis semestres y 3.200 horas solo rigen para titulados tras noviembre de 2000.
Sumario de la Contraloría
Diploma de Publicista del Instituto Profesional DUOC es útil para percibir la asignación profesional
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 5.144 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 16.442 Fecha: 27-II-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, consultando si su título de Publicista, otorgado por el Instituto Profesional DUOC en el año 1996, le permitiría percibir la asignación profesional, en el caso de que acceda a un empleo a contrata en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Sobre el particular, es dable recordar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974 -modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699-, concede el referido estipendio a los servidores de las entidades que indica, que tengan un título profesional conferido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, cuyo proyecto de enseñanza posea un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases; ocupen cargos entre los grados A y 23 de la E.U.S. y que se desempeñen en una jornada de 44 horas semanales.
Enseguida, conviene destacar que la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 24.001, de 2005 y 5.144, de 2015, respectivamente, ha informado que el mencionado título es profesional, y que los nuevos requisitos contemplados por la legislación para percibir la asignación en análisis -esto es, seis semestres y 3.200 horas de clases-, solo deben ser satisfechos por aquellos funcionarios que se hubieren titulado con posterioridad al 16 de noviembre del año 2000, situación en la que no se encuentra el recurrente.
De esta manera, procede concluir que el diploma en consulta habilitará al interesado para recibir el beneficio de que se trata, en la medida que acceda un cargo a contrata de esa Secretaría de Estado, ubicado entre los grados A y 23 de la E.U.S., y con una jornada de 44 horas semanales.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante