Toma de razón de decreto que modifica normas sobre Secretarías Regionales Ministeriales de Educación
- Fecha
- 17 de marzo de 2011
- Fuentes legales
- dto 216/2003 educa art/9, dto 216/2003 educa art/13 inc/1
- Descriptores
- modifica decreto
- Cita
- Dictamen N° 16.269 de 2011
Resumen
Se cursa el decreto por encontrarse ajustado a derecho, con alcances sobre la correcta identificación de las frases que se reemplazan en los artículos 9 y 13 del decreto supremo que modifica.
Sumario de la Contraloría
Cursa decreto 35/2011, del Ministerio de Educación, mediante el cual se modifica el decreto supremo 216, de 2003, de la misma Cartera, por encontrarse ajustado a derecho
Texto íntegro
N° 16.269 Fecha: 17-III-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 35, de 2011, del Ministerio de Educación, mediante el cual se modifica el decreto supremo N° 216, de 2003, del Ministerio de Educación, por encontrarse ajustado a derecho.
Sin embargo, cumple con manifestar, en relación con lo estipulado en el artículo 1°, numeral 2, del acto administrativo examinado, que atendida la modificación al artículo 9° del citado decreto N° 216, de 2003, que ahí se dispone, debe entenderse que la frase a ser reemplazada es “respectivo Secretario Regional Ministerial de Educación”, y no como en dicho punto se indica.
Asimismo, cabe hacer presente que la correcta cita textual de la frase que se reemplaza en el inciso primero del artículo 13 del aludido decreto N° 216, de 2003, en virtud de lo dispuesto por el artículo 1°, numeral 5, del instrumento en estudio, es “Las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación respectivas deberán”, y no la que se señala en el texto del documento sometido a control preventivo de legalidad.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo.
nombre reservado
Contralor General de la República