Cursa con alcances el decreto N° 270, de 2016, del Ministerio de Obras Públicas
- Fecha
- 3 de mayo de 2017
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, concesión de obra pública fiscal
- Cita
- Dictamen N° 16.053 de 2017
Texto íntegro
N° 16.053 Fecha: 03-V-2017 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que modifica por razones de interés público las características de las obras y servicios que indica del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Sistema Américo Vespucio Nor-Poniente, domicilio reservado. Sin perjuicio de lo anterior, corresponde anotar que esa cartera ministerial deberá precisar la versión del Manual de Carreteras a aplicar en relación a los Aspectos Geodésicos y Topográficos, contenidos en el numeral 3.2.2 de los términos de referencia de los estudios de ingeniería definitivos del PID Obras Tramo 6, por cuanto los tópicos allí indicados, no se contemplan en la versión vigente de dicho documento. Finalmente, es menester destacar que se observan algunos errores formales en el acto administrativo en trámite, en la transcripción del convenio en su numeral 1.4 –referido a la correlación de los literales que consignan los estudios que componen el PID Obras Tramo 6–, y en el “Modelo de Resolución DGOP por Valores Devengados”, contenido en el anexo N° 2 del acuerdo de voluntades, toda vez que desagrega el valor correspondiente en “Obras y Servicios”, en circunstancias que no se ordenan obras por la presente modificación. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República