Representa la resolución N° 204, de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas
- Fecha
- 3 de mayo de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contrato de asesoría, apertura de ofertas, reclamos
- Cita
- Dictamen N° 16.039 de 2017
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 16.475 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 6.967 de 2017
- Aplica Dictamen N° 14.432 de 2012
- Aplica Dictamen N° 66.589 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 16.039 Fecha: 03-V-2017 La Contraloría General ha debido abstenerse, nuevamente, de dar curso al instrumento del rubro, que adjudica la propuesta pública de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción y Explotación de la Obra: Relicitación Concesión Túnel El Melón”, la cual había sido representada mediante el oficio N° 6.967, de 2017, de esta entidad de control, objetándose el haber excluido a un licitante por no acreditar el requisito que se indica, en circunstancias que lo acreditó a través de una declaración jurada ante notario. Lo anterior, por cuanto lo manifestado por ese servicio en su oficio N° 286, del año en curso, no resulta suficiente para desvirtuar dicha observación, toda vez que ni el Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, ni el formato tipo de Bases para Contratos de Asesoría a la Inspección Fiscal para Contratos de Obras Públicas Concesionadas –sancionadas por la resolución N° 61, de 2011, de esa dirección–, así como tampoco el anexo complementario dictado para la asesoría de que se trata –considerando su circular aclaratoria–, indican los medios a través de los cuales se debe acreditar el requisito de la especie, de tal forma que no resulta observable su acreditación mediante una declaración jurada otorgada ante notario, particularmente teniendo en consideración lo preceptuado por el Código Penal en materia de perjurio. Finalmente, es dable hacer presente que, en el futuro, en aquellos casos en que a propósito de la lectura del acta de evaluación de las ofertas técnicas –realizada durante la apertura de las ofertas económicas–, se formulen observaciones o reclamos por parte de los licitantes, esa dirección deberá mantener las propuestas técnicas y los sobres de las ofertas económicas cerrados y en custodia, hasta que se produzca la decisión sobre las aludidas observaciones o reclamos (aplica criterio contenido en los dictámenes N° s 66.589 y 14.432, de 2011 y 2012 respectivamente, ambos de este origen). En mérito de lo precedentemente expuesto, se representa el acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República