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Derecho público chileno

DictamenN° 15.833 de 20161 mar 2016

Desestima solicitud de reconsideración del dictamen N° 67.841 de 2015, de esta Contraloría General, ya que no se aportan nuevos antecedentes que justifiquen variar lo…

Fecha
1 de marzo de 2016
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Cci art/8
Descriptores
Personal, seguridad social, bonos de retiro
Cita
Dictamen N° 15.833 de 2016

Sumario

Desestima solicitud de reconsideración del dictamen N° 67.841 de 2015, de esta Contraloría General, ya que no se aportan nuevos antecedentes que justifiquen variar lo concluido en el referido pronunciamiento

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 15.833 Fecha: 01-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, ex funcionaria del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 67.841, de 2015, de este origen, ya que, a su juicio, la extemporaneidad con que presentó su solicitud para acceder a la bonificación adicional establecida en el artículo 11 de la ley N° 20.734, se debió a causas que no le son imputables, por lo que corresponde que reciba el referido beneficio.

Al respecto, es dable señalar que mediante el citado pronunciamiento, este Órgano de Control concluyó, en síntesis, que la recurrente carecía del derecho al pago de ese emolumento, por no haberlo requerido dentro del plazo establecido para ello y, que la falta de información por parte del personal del mencionado recinto hospitalario, no configura una excepción que permita eludir el cumplimiento de los requisitos para impetrar el estipendio de que se trata, toda vez que acorde con lo dispuesto en el artículo 8° del Código Civil, nadie puede alegar ignorancia de la ley después de que esta haya entrado en vigencia.

En mérito de lo expuesto y dado que la interesada no aporta nuevos antecedentes que hagan variar lo señalado en el pronunciamiento en cuestión, corresponde desestimar la presente solicitud de reconsideración y, por consiguiente, confirmar lo manifestado en el dictamen N° 67.841, de 2015, de este Organismo Contralor.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República