Se abstiene de emitir un pronunciamiento por encontrarse el asunto sometido al conocimiento de los Tribunales de Justicia
- Fecha
- 16 de marzo de 2012
- Fuentes legales
- ley 19715, ley 10336 art/6 inc/3, ley 19880 art/54 inc/3
- Descriptores
- Asunto litigioso, abstención
- Cita
- Dictamen N° 15.793 de 2012
Texto íntegro
N° 15.793 Fecha: 16-III-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, solicitando se emita un pronunciamiento relativo a la procedencia de que la Municipalidad de Santiago descuente de las remuneraciones de los profesionales de la educación dependientes de esa entidad edilicia, las sumas que habrían percibido en exceso durante los años 2010 y 2011, debido a un error en el cálculo de la planilla complementaria establecida en la ley N ° 19 . 715 .
Por su parte , la Municipalidad de Santiago, ha solicitado se informe sobre el mismo asunto consultado por el mencionado ocurrente .
Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 , inciso tercero, de su ley Orgánica N° 10.336, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880 , no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso acción de protección ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago , en causa Rol N° 2957-2012 , la que se encuentra actualmente en tramitación.
nombre reservado
Contralor General de la República