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Derecho público chileno

DictamenN° 15.686 de 201115 mar 2011

Exonera de responsabilidad civil a funcionario de Carabineros por la muerte de caballar fiscal

Fecha
15 de marzo de 2011
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
exoneración responsabilidad civil, Carabineros
Cita
Dictamen N° 15.686 de 2011

Texto íntegro

N° 15.686 Fecha:15-III-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de la muerte del caballar fiscal Sembrador, de cargo del Retén Riñinahue, de la 4 a Comisaría Río Bueno, bajo la custodia del funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a fin de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 19 de febrero de 2010, en los momentos en que el citado funcionario procedía al herraje de la pata derecha de dicho caballo, éste se desplomó producto de haber sufrido un infarto, muriendo en forma instantánea, según lo señalado por la Jefe del Servicio Veterinaria de la Prefectura de Carabineros de Valdivia, en su certificado de fecha 22 de febrero de 2010, agregado a fojas 37 del expediente adjunto.

Enseguida, consta del Certificado de Avalúo del Jefe del Departamento Fomento Equino, incorporado a fojas 100 de autos, que dicho caballar fiscal tenía un avalúo de $200.000.

Ahora bien, el artículo 62 de la referida ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, entre otros, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los supuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 1° de Carabineros, señor nombre reservado, por la muerte del caballar fiscal Sembrador.

nombre reservado

Contralor General de la República