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Derecho público chileno

DictamenN° 15.680 de 201115 mar 2011

Sobre inhabilidad para ingresar a la administración pública

Fecha
15 de marzo de 2011
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18834 art/12 lt/e
Descriptores
inhabilidad ingreso administración pública
Cita
Dictamen N° 15.680 de 2011

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 15.680 Fecha: 15-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General una ex funcionaria del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, para consultar en relación con la inhabilidad que la afectaría para ejercer cargos públicos, cuál sería el motivo de ésta y su duración.

Sobre el particular, cabe anotar que de acuerdo con los registros de esta Entidad de Control, mediante resolución N° 2, de 2010, de la Subsecretaría de Justicia, se declaró vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Atención de Público, que servía la peticionaria en el referido tribunal, por calificación insuficiente, a contar del 28 de diciembre de 2009, documento que, por ajustarse a derecho, fue tomado razón con fecha 26 de febrero de 2010.

Ahora bien, cumple manifestar que el artículo 12, letra e) de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, señala como requisito para el ingreso a la Administración del Estado, en lo que interesa, no haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, de modo que actualmente la recurrente, atendida la calificación obtenida, se encuentra impedida de tal ingreso, pues para ello, es preciso dar pleno cumplimiento a la citada normativa.

Por consiguiente y según se infiere de los antecedentes tenidos a la vista, los supuestos antes señalados concurren en la especie, por lo que la peticionaria no podrá acceder a la Administración Pública, sino hasta transcurrido el plazo de cinco años previsto en la precitada norma legal.

nombre reservado

Contralor General de la República