Órganos evaluadores de Carabineros de Chile pueden considerar en más de un rubro una sanción que registre un funcionario, señalando en sus acuerdos los motivos que…
- Fecha
- 24 de febrero de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Estatuto de Carabineros de Chile, calificaciones
- Cita
- Dictamen N° 15.280 de 2015
Sumario
Órganos evaluadores de Carabineros de Chile pueden considerar en más de un rubro una sanción que registre un funcionario, señalando en sus acuerdos los motivos que sirvieron de fundamento a sus decisiones
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 12.601 de 2018
- Aplica Dictamen N° 14.616 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 5.152 de 2015
- Aplica Dictamen N° 30.014 de 2014
- Aplica Dictamen N° 84.775 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 15.280 Fecha: 24-II-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, abogado, en representación de don nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 5.152, de 2015, mediante el cual se determinó, por las razones que en él se indicaron, que la calificación de su mandante, correspondiente al año 2014, se ajustó a derecho.
En primer término, en cuanto a que para ubicar a su representado, por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, se ponderó una misma sanción en más de un ítem, lo que, en su opinión, no procedería, es útil expresar, acorde con lo informado en los dictámenes N os 84.775, de 2013 y 30.014, de 2014, entre otros, de este origen, que son los órganos evaluadores, en uso de sus atribuciones, los que deciden los rubros en los cuales incide el castigo aplicado al empleado, de manera que no existe impedimento para considerar una medida disciplinaria en uno o más factores, como sucedió en la especie.
Luego, en lo que atañe a la falta de fundamento del acuerdo de la Junta Calificadora de Méritos, es menester señalar que de su estudio, aparece que en él se exponen los motivos concretos y circunstancias precisas referidas al desempeño laboral y a las sanciones impuestas al afectado, que justifican las notas asignadas a los ítems probidad y conducta, no advirtiéndose la irregularidad que se alega.
En consecuencia, cabe reiterar que la evaluación del año 2014 del señor nombre reservado, se ajustó a derecho, por lo que se ratifica el citado dictamen N° 5.152, de 2015.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante