Fundamentación de los acuerdos de juntas calificadoras de Carabineros de Chile
- Fecha
- 24 de febrero de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Estatuto Carabineros de Chile, calificaciones
- Cita
- Dictamen N° 15.059 de 2015
Resumen
Se rechaza la alegación de falta de fundamento y se ratifica que la evaluación se ajustó a derecho, pues los acuerdos exponen los motivos concretos del desempeño y las sanciones que justifican las notas.
Sumario de la Contraloría
Acuerdos de los órganos calificadores de Carabineros de Chile, señalan los motivos que sirvieron de fundamento a sus decisiones
Relaciones
Este documento se refiere a
- Confirma Dictamen N° 2.242 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 15.059 Fecha: 24-II-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, abogado, en representación del señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 2.242, de 2015, de este origen, mediante el cual se determinó, por las razones que en aquél se indicaron, que la evaluación de su mandante, correspondiente al año 2014, se ajustó a derecho.
Al respecto, en cuanto a la falta de fundamento de los acuerdos de las respectivas juntas, es dable anotar que de su estudio, consta que en ellos se exponen los motivos concretos y circunstancias precisas referidas el desempeño laboral y a las sanciones impuestas al afectado, que justifican las notas asignadas a los factores “interés por superarse” y “conducta”, por lo que se rechaza esta alegación.
En consecuencia, cabe reiterar que la evaluación del año 2014 del señor nombre reservado, se ajustó a derecho, por lo que se ratifica el citado dictamen N° 2.242, de 2015.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante