Representa la resolución N° 1.634, de 2015, de la Universidad de Chile
- Fecha
- 23 de febrero de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19886 art/4, ley 19886 art/6
- Descriptores
- Facultades CGR, licitación pública
- Cita
- Dictamen N° 14.159 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 56.476 de 2016
- Aplica Dictamen N° 21.972 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 93.857 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 14.159 Fecha:23-II-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que autoriza llamado a licitación pública y aprueba bases administrativas y técnicas de la obra “Construcción edificio plataforma cultural - etapa 1”, por cuanto se omitió acompañar las especificaciones técnicas, listado de planos y demás documentos detallados en el resuelvo N° 7 del acto en examen, como asimismo, no se ha adjuntado la circular N° 88, de 2015, citada en los vistos.
Por su parte, lo señalado en el numeral 2.01., párrafo final, de las bases administrativas en estudio, no se condice con el principio de libre concurrencia de los oferentes consagrado en los artículos 4° y 6° de la ley N° 19.886, en cuanto exige que al momento de presentar su oferta, los miembros de una unión temporal de proveedores se encuentren en los registros ahí individualizados.
A su vez, respecto del numeral 3.03., de las citadas bases, “Causales de rechazo de la oferta”, no se indica la oportunidad en que deberá acompañarse el acuerdo donde conste la unión temporal de proveedores.
Finalmente, se ha omitido precisar que en el caso de las partidas globales, éstas serán pagadas una vez que se encuentren totalmente ejecutadas, acorde con lo señalado en la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General contenida, entre otros, en el dictamen N° 93.857, de 2015.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe División de Infraestructura y Regulación