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Derecho público chileno

DictamenN° 14.086 de 201623 feb 2016

Exoneración de responsabilidad civil por deterioro de vehículo fiscal en Carabineros de Chile

Fecha
23 de febrero de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 14.086 de 2016

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues el desperfecto mecánico se debió a desgaste de material y no a su culpa o negligencia, cumpliéndose los presupuestos del artículo 62 de la ley N° 10.336.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 14.086 Fecha: 23-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en el automóvil fiscal RP-3745, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 18 de julio de 2015, mientras ese servidor se desplazaba en el referido vehículo por calle Balmaceda, en la comuna de Buin, la caja de cambios presentó problemas, pues solo permitía ser manipulada de manera forzada, por lo que regresó a su unidad, dando la cuenta pertinente, sin que al término del procedimiento investigativo realizado al efecto, pudiese acreditarse que dicho desperfecto mecánico se produjo por un error humano, sino que, por el contrario, aquel se habría debido a un desgaste de material.

Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 482, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención de Vehículos, ascendieron a la suma de $160.300, siendo tal especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-3745.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Subcontralor General de la República Subrogante